Como abogados españoles y Rechtsanwälte (abogados) europeos y alemanes le podemos asesorar respecto al derecho sucesorio español, alemán e internacional.
Desde la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Sucesiones (Reglamento (UE) No 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012
relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo) en fecha 17 de agosto de 2015, el derecho aplicable a una sucesión no se rige necesariamente por la ley sucesoria de la nacionalidad del causante, sino por aquella de la residencia habitual del mismo.
De ahí que a la sucesión de un causante español, residente en Alemania pueda ser aplicable el derecho sucesorio alemán, si éste no hizo uso de la facultad de elección de la ley aplicable a su sucesión, que le otorga el reglemento citado.
Si Usted necesita asesoramiento respecto a la ley aplicable, o quiere delegar la tramitación de la sucesión en alemania en abogados especializados, estamos a su entera disposición.
Contamos con una amplia experiencia, de casi 20 años, en el ámbito del asesoramiento en derecho internacional, y especialmente en lo que se refiere al tráfico jurídico hispano-alemán.
Somos abogados colegiados en España y Alemania, en concreto en los Colegios de Madrid, Murcia y Frankfurt am Main (Alemania).
Uno de nuestros socios es además Traductor e Intérprete Jurado de Alemán / Español, habiendo sido nombrado por las autoridades españolas y alemanas, pudiendo elaborar traducciones juradas de documentos con valor legal en ambos países.
Prestamos nuestro asesoramiento en toda España y Alemania y podemos ocuparnos de todas las gestiones que comúnmente pudiesen ser necesarias para tramitar una herencia en ambos países.
Debido a que les podemos atender el español, alemán, inglés y francés, no existen obstaculos en la comunicación.
Sin embargo no solamente le podemos atender en dichos idiomas por teléfono, correo electrónico y presencialmente.
También podremos proporcionarle traducciones oficiales de todos los documentos que se pudiesen generar, en la lengua que requiera.
De éste modo podrá reducir los plazos y toda la tramitación llevará a cabo en el menor tiempo posible.
Entre las gestiones que podemos ofrecerle, cabe destacar:
No solamente le asistimos en la tramitación y gestión administrativa de su herencia. También podemos defender su derechos frente a otros herederos o terceros.
Ejerciendo la abogacía en ambos países nos permite asesorarle y representarle en juicio y fuera de el en ambas jurisdicciones.
Die entscheidenden Gestaltungsmöglichkeiten hat der Erblasser. Er kann durch Testament und gegebenenfalls Rechtswahl die gewünschten Weichen stellen. Ist der Erbfall erst einmal eingetreten, fallen die mit Abstand wichtigen Werkzeuge der Nachlassgestaltung weg. Dennoch gibt es auch danach noch Möglichkeiten Einfluss zu nehmen. In Einzelfällen kann eine Erbausschlagung Sinn machen, wenn auf diese Weise das Erbe auf den gewünschten Erbschaftsanwärter übergeht (z.B. auf die eigenen Kinder). Abgesehen hiervon hat der im Ausland lebende Erbe aber immer auch noch ein Optionsrecht zwischen den steuerlichen Freibeträgen, Abzügen und Vergünstigungen nach nationalem Recht oder nach den Vorschriften der Autonomen Gemeinschaften. Wir helfen Ihnen bei der Fallanalyse und der richtigen Entscheidung.
Nicht unbedingt. Wir können Sie in Spanien beraten und begleiten, und jeden Schritt mit Ihnen gemeinsam vollziehen. Alternativ können Sie uns aber auch bevollmächtigen, damit wir alles für Sie umsetzen, ohne, dass Ihre persönliche Anwesenheit erforderlich wäre. Gerne kümmern wir uns um die Erstellung einer zweisprachigen Vollmacht (Deutsch / Spanisch), bereiten alle notwendigen Maßnahmen vor, und Sie müssen lediglich den Auftrag erteilen und die Vollmacht ausstellen.
Die Steuer ist binnen sechs Monaten ab dem Eintritt des Todesfalles zu leisten. Die Frist beginnt also nicht erst mit der Testamentseröffnung, oder dem Erhalt des Erbscheins oder des Europäischen Nachlasszeugnisses, sonder mit dem Tod des Erblassers. Es besteht die Möglichkeit eine Verlängerung um weitere sechs Monate zu beantragen. Weiterhin kann man in Einzelfällen eine Ratenzahlung vereinbaren, was aber unter Berücksichtigung der in vielen Gegenden Spaniens (Autonome Gemeinschaften) eingeräumten Freibeträgen und Vergünstigungen in der Regel nicht erforderlich ist.